CORREO ALTERNO

  • CORREO ALTERNO:
  • psfilosofo@yahoo.com

miércoles, 27 de octubre de 2021

ENTREGA DE TEXTOS ESCOLARES

 

 

C.AMIE:01H00187

UNIDAD EDUCATIVA OCTAVIO CORDERO PALACIOS

“CIENCIA Y VIRTUD”

Teléfonos:2831456/2824505/2822174

CORREOS ELECTRÓNICOS: colegiooctaviocorderopalacios@gmail.com

secretariaoctaviocordero@gmail.com

 

OCP

Dirección Distrital 01D01 Cuenca Norte

Circuito N. 01DO1C03_04_13

PROCESO: GESTION DEL APRENDIZAJE          2021- 2022

PAGINA  1 DE  1

 

CIRCULAR

Cuenca, 26 de octubre de 2021

 

DOCENTES TUTORES DE LA JORNADA VESPERTINA

Presente.

De mi consideración:

 

Con un cordial y atento saludo me dirijo a ustedes para solicitar su valioso contingente en la entrega de los textos escolares para nuestros estudiantes. Su apoyo en esta actividad, es de gran importancia para garantizar que cada uno de sus estudiantes reciban sus textos. El horario que se ha establecido para su entrega es el día Jueves 28 de octubre de 08h30 a 11h30 en las instalaciones de la unidad educativa.

 

Debo indicar que los textos para cada nivel han sido organizados para agilitar su entrega; sin embargo, recomiendo asistir con cinco minutos de anticipación para algunas indicaciones previo a la entrega. Así también, se solicita llevar impresa la lista de sus estudiantes añadiendo dos columnas más para el nombre del representante y su firma.

 

Detallo el cronograma para esta actividad.

Jueves 28 de octubre de 2021

Hora:

Grado o curso

8:30 – 9:30 (Preparatoria y básica elemental)

1ero, 2do, 3ero y 4to de EGB

9:30 – 10:30 (Básica media y superior)

5to, 8vo, 9no y 10mo de EGB

10:30 – 11:30 (Bachillerato)

1eros A y B, 2do y 3eros A, B y C de BGU

 

Segura de contar con su favorable acogida a la presente,

Agradezco.

Atentamente:

María José Carpio

Vicerrectora ( E )

 

martes, 5 de octubre de 2021

Carta Compromiso

 

CARTA COMPROMISO PARA PADRES/MADRES DE FAMILIA O REPRESENTANTES LEGALES DE

LA UNIDAD EDUCATIVA OCTAVIO CORDERO PALACIOS 2021 – 2022

Dando cumplimiento al Reglamento de la LOEI Art. 330.- Faltas de los estudiantes. “….. Como parte de estas actividades, al inicio del año escolar los representantes legales deberán firmar una carta compromiso en la que afirmen comprender las normas y se comprometan a que el estudiante no cometerá actos que las violenten”. 

Yo,………………………………………………………….…… con Nº de cédula………………………….. Madre o Padre de Familia y como Representante Legal del estudiante;………….…………………………………….…………………. que cursa el 10mo  Año de Básica o Curso, paralelo “A”.  acepto y firmo el presente Acuerdo de Compromiso con La Unidad Educativa OCTAVIO CORDDERO PALACIOS en los siguientes términos:

Al momento de matricular a mi hijo/a o representado/a me comprometo a cumplir con el Código de la Niñez y Adolescencia, la LOEI el Capítulo Quinto de los derechos y obligaciones de las madres, padres y/o representantes legales, su Reglamento; y, Plan Educativo Ministerial. Carta compromiso que estará en vigencia mientras duren las medidas dispuestas por el COE Nacional y el Ministerio de Educación; por tal motivo declaro que:

Acepto, respeto y me comprometo a cumplir con los lineamientos generales a nivel disciplinario y académico para el presente año lectivo para bien de mi hijo/a y de la Unidad Educativa.

Como Padre o Madre de familia y/o Representante legal estoy de acuerdo que en la Unidad Educativa se pueda grabar la clase impartida por los docentes la misma que será utilizada con  fines educativos de la institución. 

ACUERDO Y COMPROMISOS PARA CLASES VIRTUALES Y EL USO DE WHATSAPP:

Disposiciones Disciplinarias Antes de la clase virtual

El estudiante debe preparar con anticipación los insumos necesarios de acuerdo al horario de clases establecido.

El estudiante debe estar atento a los respectivos links (enlaces) de sala virtual, los mismos que no se podrán compartir con personas ajenas a la Institución.

El estudiante debe estar en un lugar adecuado para recibir clases virtuales: con iluminación que permita visualizar su rostro en la pantalla, sentado correctamente sin distractores.

Durante la clase virtual

Ingresar a la clase con puntualidad (5 minutos antes de la hora de inicio, por motivos de control de asistencia).

Encender su cámara y  mantenerla así durante  la clase, debe visualizarse su rostro todo el tiempo.

Mantener el micrófono en modo silencio para evitar interrupciones, salvo cuando tenga que realizar una pregunta sobre el tema de la clase o responder preguntas del maestro.

Mantener etiquetado el nombre y apellido del estudiante en la pantalla o clase virtual de manera obligatoria. 

Estar atento a la clase y los llamados de los docentes hacia su persona.

Está prohibido el uso de distractores como TV, reproductores de música, teléfono celular (este tendrá solamente un uso académico-pedagógico) u otros durante las clases.

No se puede ingerir alimentos o bebidas.

El uso de la sala de chat de la plataforma se considerará solamente con fines académicos.

No colocar fondos virtuales de pantalla o algún otro elemento distractor en ningún momento de la clase.

Pedir la palabra utilizando el medio propuesto por el/la docente, para mantener el orden y respeto en la clase.

No abandonara por ningún motivo el aula virtual durante la hora clase

No realizar disturbios durante las horas de clases virtuales que causen conflicto o interrupciones como el uso inadecuado del micrófono para intervenir o mientras interviene el docente, ingresar a clases que no les corresponden, uso de la pizarra digital para realizar rayones inapropiados, entre otros.

Después de la clase virtual

Al finalizar la clase evitar comentarios o críticas (en redes sociales u otros medios) que alteren la paz y la sana convivencia del grupo.

Alistar el material y los insumos académicos para la siguiente hora.

Los estudiantes por ningún motivo podrán tomar capturas de pantalla de sus compañeros o tomar fotos del docente y publicarlas en redes sociales según lo estipulado en el código de convivencia

A los Padres, Madres de Familia y/o Representantes Legales solicitamos lo siguiente

Controlar el ingreso y la asistencia a las clases virtuales de manera puntual, así como el cumplimiento de las tareas diarias.

Es responsabilidad del representante controlar y revisar el uso correcto de las redes sociales de sus hijos, recuerden que los estudiantes no pueden tomar foto de compañeros, agredir virtualmente o cualquier situación que altere la paz y la sana convivencia.

Vigilar para que mí representado asista en los horarios de refuerzo académico tanto a la jornada normal de clases como a las actividades extracurriculares programadas para la nivelación de los conocimientos.

Conversar con el estudiante acerca del buen comportamiento y uso correcto de la plataforma virtual como un complemento de su aprendizaje.

Verificar que su representado cuente con los materiales solicitados por el docente para el desarrollo de las actividades pedagógicas de acuerdo a cada clase.

Es responsabilidad del representante y del estudiante cuidar la contraseña e información personal (datos personales, dirección, número de teléfono, entre otros) de aquellos dispositivos que el estudiante utilice para su conexión a la clase virtual.

Los padres familiares o representante no pueden participar o intervenir en las clases para hablar con otro estudiante o con el profesor, en este último caso existen canales formales que brinda el establecimiento. Es obligación de los representantes informar la inasistencia de su representado, presentando una justificación virtual al Inspector o tutor de curso, en el tiempo establecido.

Es obligación de los representantes generar un ambiente adecuado para que se produzca un verdadero desarrollo de la enseñanza-aprendizaje de sus representados.

Es obligación de los represéntales legales asistir con regularidad a las reuniones convocadas por los distintos miembros de la Institución.

Es obligación de los Padres De Familia   brindar cariño, afecto tanto verbal como físico.

Para uso de WhatsApp

1.     El uso de WhatsApp es netamente informativo

2.     En el caso de que un padre familia o estudiante interfiera con la paz y armonía del grupo será retirado del mismo

3.     El uso del WhatsApp para información será desde las 08h00 am hasta las 15H00 para la jornada matutina y desde la 13h00 hasta las 19h00 para la jornada vespertina

4.     Los integrantes del grupo no podrán hacer propaganda, cadenas o publicidades personales.

5.     No usar stickers, memes o cualquier otro tipo de afirmación o negación sobre la información.

Recuerde que se enviará un horario de atención a padres de familia para solventar inquietudes y dudas, por favor acatar este horario.

En caso de incumplimiento de la normativa expuesta por parte de los estudiantes, se establecerán acciones correctivas disciplinarias basadas en la activación de consensos y  con enfoque restaurativo. De igual manera, estas acciones determinarán la evaluación de disciplina del educando.

Será motivo de levantamiento de acta, llamado de atención verbal, escrita o acción educativa disciplinaria, acorde a lo establecido en el artículo 331 Reglamento a la ley de Educación intercultural, a los estudiantes que incurran en: 

Falta de respeto, indisciplina, tener conducta inapropiada durante las clases virtuales, enviar mensajes que promuevan todo tipo de violencia, sea física, psicológica, sexual, virtual, etc. 

Acepto que en caso de incumplimiento de estas Normas y de esta Carta de Compromiso, como Padre/Madre de Familia o Representante, me sujetaré a las resoluciones y disposiciones que tomará la Unidad Educativa de acuerdo a la normativa vigente.

Finalmente es de total responsabilidad del representante el uso de medios tecnológicos, y la correcta utilización de los mismos. La institución se deslinda de responsabilidad en caso de que se envíe información errónea, de contenido inadecuado; enviar información personal, usar imágenes de menores de edad o exponer a menores de edad a violencia, contenido sexual, se tipifica como violencia o negligencia donde se aplicará la ruta y protocolo correspondiente.  

Firmo la presente, comprometiéndome a cumplir y hacer cumplir todos los puntos estipulados en el documento por el tiempo que permanezcamos en educación virtual.

Como constancia de que estoy de acuerdo con el presente documento, firmamos:

Atentamente:

Sr. (a) ______________________________________________________________

Nombre y firma padre de familia

Domicilio:

Parroquia:_________________________Sector:______________________Calles:Principal__________________

______________No de casa _________Calle secundaria__________________________________________ 

Teléfono_________________Cel._______________________Correoelectrónico:__________________________

Teléfono en caso de emergencia_________________________________________________





Unidad Educativa Octavio Cordero Palacios 

 Jornada Vespertina

Capítulo V
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS MADRES, PADRES Y/O REPRESENTANTES LEGALES
         RE LOEI

Art. 12.- Derechos.- literal d. Elegir y ser elegidos como parte de los comités de padres y madres de familia y los demás órganos de participación de la comunidad educativa
Art. 13.- Obligaciones.- Las madres, padres y/o los representantes de las y los estudiantes tienen las siguientes obligaciones:
a. Cumplir la Constitución de la República, la Ley y la reglamentación en materia educativa;

b. Garantizar que sus representados asistan regularmente a los centros educativos, durante el periodo de educación obligatoria, de conformidad con la modalidad educativa;

c. Apoyar y hacer seguimiento al aprendizaje de sus representados y atender los llamados y requerimientos de las y los profesores y autoridades de los planteles;

e. Respetar leyes, reglamentos y normas de convivencia en su relación con las instituciones educativas;

f. Propiciar un ambiente de aprendizaje adecuado en su hogar, organizando espacios dedicados a las obligaciones escolares y a la recreación y esparcimiento, en el marco del  uso adecuado del tiempo;

g. Participar en las actividades extracurriculares que complementen el desarrollo emocional, físico y psico - social de sus representados y representadas;

 i. Apoyar y motivar a sus representados y representadas, especialmente cuando existan dificultades en el proceso de aprendizaje, de manera constructiva y creativa;

j. Participar con el cuidado, mantenimiento y mejoramiento de las instalaciones físicas de las instituciones educativas, sin que ello implique erogación económica

Sección VII
DE LOS PADRES DE FAMILIA O REPRESENTANTES LEGALES DE LOS ESTUDIANTES

Según Art. 76 sección VII del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural


6. Participar en las comisiones designadas por los directivos del establecimiento; y,
7. Las demás funciones establecidas en el Código de Convivencia del establecimiento.

                                                                           Capítulo IV
DE LAS ACCIONES DE EVALUACIÓN, RETROALIMENTACIÓN Y REFUERZO ACADÉMICO

Según Art. 207 sección IV del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural

Art. 207.- Reuniones con los representantes legales de los estudiantes.- El docente debe convocar a los representantes legales de los estudiantes a por lo menos dos (2) reuniones al año para determinar estrategias conjuntas, a fin de promover el mejoramiento académico de sus representados. Se debe dejar constancia escrita de las recomendaciones y sugerencias que se formulen para el mejoramiento académico.

Capítulo III
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES

Según LOEI

Art. 7.- Derechos.- Las y los estudiantes tienen los siguientes derechos:
a. Ser actores fundamentales en el proceso educativo;

b. Recibir una formación integral y científica, que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad, capacidades y potencialidades, respetando sus derechos, libertades fundamentales y promoviendo la igualdad de género, la no discriminación, la valoración de las diversidades, la participación, autonomía y cooperación;
c. Ser tratado con justicia, dignidad, sin discriminación, con respeto a su diversidad individual, cultural, sexual y lingüística, a sus convicciones ideológicas, políticas y religiosas, y a sus derechos y libertades fundamentales garantizados en la Constitución de la República, tratados e instrumentos internacionales vigentes y la Ley;

d. Intervenir en el proceso de evaluación interna y externa como parte y finalidad de su proceso educativo, sin discriminación de ninguna naturaleza;

e. Recibir gratuitamente servicios de carácter social, psicológico y de atención integral de salud en sus circuitos educativos;
f. Recibir apoyo pedagógico y tutorías académicas de acuerdo con sus necesidades;

g. Ejercer activamente su libertad de organización y expresión garantizada en la Constitución de la República, a participar activamente en el proceso educativo, a ser escuchados y escuchadas, a que su opinión sea considerada como parte de las decisiones que se adopten; a expresar libre y respetuosamente su opinión y a hacer uso de la objeción de conciencia debidamente fundamentada;

h. Participar en los procesos eleccionarios de las directivas de grado, de los consejos de curso, del consejo estudiantil y de los demás órganos de participación de la comunidad educativa, bajo principios democráticos garantizando una representación paritaria entre mujeres y hombres; y, en caso de ser electos, a ejercer la dignidad de manera activa y responsable, a participar con absoluta libertad en procesos eleccionarios democráticos de gobierno estudiantil, a participar, con voz y voto, en los gobiernos escolares, en aquellas decisiones que no impliquen responsabilidades civiles, administrativas y/o penales;

i. Ser protegidos contra todo tipo de violencia en las instituciones educativas, así como a denunciar ante las autoridades e instituciones competentes cualquier violación a sus derechos fundamentales o garantías constitucionales, cualquier acción u omisión que atente contra la dignidad e integridad física, sicológica o sexual de la persona; a ejercer su derecho a la protección;

j. Recibir becas y apoyo económico que les permitan acceder en igualdad de condiciones al servicio educativo;
k. Recibir becas, permisos especiales, auspicios y apoyos para sus representaciones nacionales o internacionales, quienes se destaquen en méritos, logros y aportes relevantes de naturaleza académica, intelectual, deportiva y ciudadana;
l. Gozar de la privacidad y el respeto a su intimidad, así como a la confidencialidad de sus registros médicos y sicológicos;
m. Ejercer su derecho constitucional al debido proceso, en toda acción orientada a establecer la responsabilidad de las y los estudiantes por un acto de indisciplina o violatorio de las normas de convivencia del establecimiento;
n. Disponer de facilidades que le permitan la práctica de actividades deportivas, sociales, culturales, científicas en representación de su centro de estudios, de su comunidad, su provincia o del País, a nivel competitivo;
o. Contar con propuestas educacionales flexibles y alternativas que permitan la inclusión y permanencia de aquellas personas que requieran atención prioritaria, de manera particular personas con discapacidades, adolescentes y jóvenes embarazadas;

p. No ser sancionados por condiciones de embarazo, maternidad o paternidad, y recibir el debido apoyo y atención en lo psicológico, académico y lo afectivo para culminar sus estudios y acompañar un proceso de maternidad y paternidad saludable;

q. Aprender, en el idioma oficial e idiomas ancestrales, de ser el caso;

r. Disponer, al inicio del año escolar, del carné estudiantil, que le permita acceder a la tarifa preferencial, en los servicios de transporte público, y el acceso a eventos académicos, culturales, deportivos y otros durante el año calendario;
s. Implementar medidas de acción afirmativa para el acceso y permanencia en el sistema educativo de las niñas; y,
t. Recibir una formación en derechos humanos y mecanismos de exigibilidad durante la educación en todos sus niveles.


Art. 8.- Obligaciones.- Las y los estudiantes tienen las siguientes obligaciones:

a.      Asistir regularmente a clases y cumplir con las tareas y obligaciones derivadas del proceso de enseñanza y aprendizaje, de acuerdo con la reglamentación correspondiente y de conformidad con la modalidad educativa, salvo los casos de situación de vulnerabilidad en los cuales se pueda reconocer horarios flexibles;
b. Participar en la evaluación de manera permanente, a través de procesos internos y externos que validen la calidad de la educación y el inter aprendizaje;

b.     
c. Procurar la excelencia educativa y mostrar integridad y honestidad académica en el cumplimiento de las tareas y obligaciones;

d. Comprometerse con el cuidado y buen uso, mantenimiento y mejoramiento de las instalaciones físicas, bienes y servicios de las instituciones educativas, sin que ello implique egresos económicos;

e. Tratar con dignidad, respeto y sin discriminación alguna a los miembros de la comunidad educativa;

f. Participar en los procesos de elección del gobierno escolar, gobierno estudiantil, de los consejos de curso, consejo estudiantil, de las directivas de grado y de los demás órganos de participación de la comunidad educativa, bajo principios democráticos y en caso de ser electos, ejercer la dignidad de manera activa y responsable;

g. Fundamentar debidamente sus opiniones y respetar las de los demás;

h. Respetar y cumplir los códigos de convivencia armónica y promover la resolución pacífica de los conflictos;
i) Hacer buen uso de becas y materiales que recibe;

j. Respetar y cumplir la Constitución, las leyes, reglamentos y demás normas que regulen al Sistema Nacional de Educación en general y a las instituciones educativas en particular;

k. Cuidar la privacidad e intimidad de los demás miembros de la comunidad educativa; y,

l. Denunciar ante las autoridades e instituciones competentes todo acto de violación de sus derechos y actos de corrupción, cometidos por y en contra de un miembro de la comunidad educativa.

Capítulo IV
DE LAS FALTAS DE LOS ESTUDIANTES

Art. 330.- Faltas de los estudiantes.- Los establecimientos educativos deben ejecutar actividades dirigidas a prevenir y/o corregir la comisión de faltas de los estudiantes, de conformidad con la normativa que para el efecto expida el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional. Como parte de estas actividades, al inicio del año lectivo, los estudiantes y sus representantes legales deberán firmar una carta de compromiso en la que afirmen comprender las normas, y se comprometan a que el estudiante no cometerá actos que las violenten.
Las faltas de los estudiantes son las que se establecen en el artículo 134 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural. Estas faltas pueden ser leves, graves o muy graves:
1. Alterar la paz, la convivencia armónica e irrespetar los Códigos de Convivencia de los Centros Educativos es una falta que puede ser leve, grave o muy grave, de acuerdo con la siguiente explicación:

Faltas leves:

Faltas graves:

Faltas muy graves:

• Usar el teléfono celular o cualquier otro objeto ajeno a la actividad educativa que distrajere su atención durante las horas de clase o actividades educativas;
• Ingerir alimentos o bebidas durante las horas de clase o actividades educativas, a menos que esto se hiciere como parte de las actividades de enseñanza aprendizaje;
• No utilizar el uniforme de la institución;
• Abandonar cualquier actividad educativa sin autorización; y
• Realizar ventas o solicitar contribuciones económicas, a excepción de aquellas con fines benéficos, expresamente permitidas por las autoridades del establecimiento.

• Participar activa o pasivamente en acciones de discriminación en contra de miembros de la comunidad educativa;
• Participar activa o pasivamente en acciones que vulneren el derecho a la intimidad personal de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa;
• Consumir (sic) el consumo de alcohol, tabaco o sustancias estupefacientes o psicotrópicas ilegales dentro de la institución educativa;

• Salir del establecimiento educativo sin la debida autorización;
• Generar situaciones de riesgo o conflictos dentro y fuera de la institución, de conformidad con lo señalado en el Código de Convivencia del establecimiento educativo; y

• Realizar, dentro de la institución educativa, acciones proselitistas relacionadas con movimientos o partidos políticos de la vida pública local o nacional.

• Faltar a clases por dos (2) o más días consecutivos sin justificación;

• Comercializar o promover dentro de la institución educativa alcohol, tabaco o sustancias estupefacientes o psicotrópicas ilegales; y

• Portar armas.

 

2. Cometer actos de violencia de hecho o de palabra contra cualquier miembro de la comunidad educativa, autoridades, ciudadanos y colectivos sociales es una falta que puede ser grave o muy grave, de acuerdo con la siguiente explicación:

Faltas graves:

Faltas muy graves:

• Participar activa o pasivamente en acciones que atentaren contra la dignidad de miembros de la comunidad educativa;
• Participar activa o pasivamente en acciones que atentaren contra la integridad física o psicológica de los miembros de la comunidad educativa;
• Participar activa o pasivamente en acciones de acoso escolar, es decir, cualquier maltrato psicológico, verbal o físico producido en contra de compañeros de manera reiterada;
• No denunciar ante las autoridades educativas cualquier acto de violación de los derechos de sus compañeros u otros miembros de la comunidad educativa, así como cualquier acto de corrupción que estuviere en su conocimiento.

• Socavar la dignidad de un miembro de la comunidad educativa a través de publicaciones difamatorias; y

• Participar activa o pasivamente en acciones que atentaren contra la integridad sexual de los miembros de la comunidad educativa o encubrir a los responsables.

3. Deteriorar o destruir en forma voluntaria las instalaciones institucionales y los bienes públicos y privados es una falta que puede ser leve o muy grave, de acuerdo con la siguiente explicación:

Falta leve:

Faltas muy graves:

• Dar mal uso a las instalaciones físicas, equipamiento, materiales, bienes o servicios de las instituciones educativas.

• Ocasionar daños a la infraestructura física y al equipamiento del establecimiento educativo; y

• Ocasionar daños a la propiedad pública o privada.

4. Obstaculizar o interferir en el normal desenvolvimiento de las actividades académicas y culturales de la institución es una falta que puede ser muy grave, de acuerdo con la siguiente explicación:

Faltas muy graves:

• Realizar actos tendientes a sabotear los procesos electorales del Gobierno escolar, del Consejo estudiantil y de los demás órganos de participación de la comunidad educativa;
• Intervenir en actividades tendientes a promover la paralización del servicio educativo.

5. Cometer fraude o deshonestidad académica es una falta que puede ser leve, grave o muy grave, de acuerdo con la siguiente explicación:

Falta leve:

Falta grave:

Falta muy grave:

• Cometer un acto de deshonestidad académica del Tipo I.

• Cometer un acto de deshonestidad académica del Tipo II.

• Cometer un acto de deshonestidad académica del Tipo III.

Además, se adoptarán las acciones educativas relacionadas a la formación en honestidad académica que se detallan en el presente Reglamento.
6. No cumplir con los principios y disposiciones contenidas en la presente Ley y en el ordenamiento jurídico ecuatoriano se considera una falta muy grave.
La acumulación de faltas tendrá como consecuencia la aplicación de acciones educativas disciplinarias de mayor gravedad, según la normativa específica que para el efecto emita el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional.


Art. 331.- Acciones educativas disciplinarias.- Las faltas leves y las faltas graves deben ser conocidas y resueltas dentro de la institución educativa mediante el mecanismo previsto en su Código de Convivencia, otorgándoles al estudiante y a su representante legal el derecho a la defensa. El proceso disciplinario de las faltas muy graves debe ser sustanciado al interior del establecimiento educativo, y las acciones educativas disciplinarias deben ser aplicadas por la Junta Distrital de Resolución de Conflictos, la cual debe emitir la resolución en un plazo no mayor a quince (15) días desde la recepción del expediente. El incumplimiento de este plazo constituye causal de sumario administrativo para los miembros de la Junta Distrital de Resolución de Conflictos.

Según el tipo de falta cometida, se aplicarán las siguientes acciones educativas disciplinarias:

Para faltas leves. Se aplicará como acción educativa disciplinaria la amonestación verbal, que irá acompañada de una advertencia de las consecuencias que tendría el volver a cometer las respectivas faltas. La amonestación será registrada en el expediente académico del estudiante y en su informe de aprendizaje, y serán informados del particular sus representantes legales. Además, como acciones educativas no disciplinarias, el estudiante deberá suscribir, junto con sus representantes legales, una carta de compromiso en la que afirmen comprender las normas, y se comprometan a que el estudiante no volverá a cometer actos que las violenten. Finalmente, deberá cumplir actividades de trabajo formativo en la institución educativa relacionado con la falta cometida y conducente a reparar el daño ocasionado, si el acto cometido causó perjuicio a otras personas o daño a bienes materiales.

2. Para faltas graves. Además de las acciones establecidas en el literal anterior, para este tipo de faltas, la máxima autoridad del establecimiento educativo debe aplicar, según la gravedad de la falta, la suspensión temporal de asistencia a la institución educativa, por un máximo de quince (15) días, durante los cuales el estudiante deberá cumplir con actividades educativas dirigidas por la institución educativa y con seguimiento por parte de los representantes legales.
3. Para faltas muy graves. Para las faltas muy graves, además de aplicar las acciones establecidas en los literales anteriores, la máxima autoridad del establecimiento debe sustanciar el proceso disciplinario y remitir el expediente a la Junta Distrital de Resolución de Conflictos para la aplicación, según la gravedad de la acción, de una de las siguientes acciones:
i. Suspensión temporal de asistencia a la institución educativa por un máximo de treinta (30) días, con acciones educativas dirigidas. Esta medida conlleva la participación directa de los representantes legales en el seguimiento del desempeño del estudiante suspendido; o,
ii. Separación definitiva de la institución educativa, lo que implica que el estudiante debe ser reubicado en otro establecimiento. La reubicación en otro establecimiento educativo no implica perder el año lectivo.
En el caso de faltas muy graves por deshonestidad académica, se debe proceder directamente a la separación definitiva de la institución educativa
Cualquier acción educativa disciplinaria por faltas leves y graves puede ser apelada por los representantes legales del estudiante ante la Junta Distrital de Resolución de Conflictos en el término de tres (3) días, contados a partir de la notificación por parte de la máxima autoridad del establecimiento. La resolución de la Junta pone fin a la vía administrativa
Cualquier acción educativa disciplinaria por faltas muy graves puede ser apelada por los representantes legales del estudiante ante la máxima autoridad del Nivel Zonal, en el término de tres (3) días, contados a partir de la notificación. La resolución de la máxima autoridad del Nivel Zonal pone fin a la vía administrativa

 






 

lunes, 4 de octubre de 2021

CONVOCATORIA

 

UNIDAD EDUCATIVA  “OCTAVIO CORDERO PALACIOS”

JORNADA VESPERTINA

AÑO LECTIVO 2021-2022

Cuenca, 4  de octubre  de 2021

Señor/a Padre/Madre de Familia y/o Representante

Con un cordial saludo me dirijo a Usted, para convocar a reunión obligatoria de Padres de Familia y/o representantes del 10mo "A", a realizarse el día Martes 5 de octubre de 2021 a partir de las 18h00 con el fin de tratar asuntos importantes relacionados con su representado/a y la Institución, mediante la modalidad virtual  

Atentamente,

Lic. Jose Aucapiña

 

TUTOR DEL DECIMO “A” de EGB


José  A Aucapiña le está invitando a una reunión de Zoom 


Tema: TUTORIA DECIMO A

Hora: 18h00

Unirse a la reunión Zoom

https://us04web.zoom.us/j/6645284923?pwd=aFYrYm1GY2R3Z1JXcGJyNUY5b2kydz09


ID de reunión: 664 528 4923

Código de acceso: OCPCCSS


CALIFICACIONES